IGV
IGV significa impuesto general sobre las ventas, grava principalmente la venta de bienes muebles en el país, la prestación o uso de servicios, los contratos de construcción, la primera venta de bienes raíces por parte de los constructores y la importación de bienes.
La tasa del IGV para las operaciones gravadas es del 16%. Además, se agrega una tasa de impuesto de promoción municipal (IPM) del 2%, donde juntos conforman el 18% que conocemos.
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Operaciones gravadas
Venta de bienes muebles: Todos los actos de cesión de bienes a título oneroso, tales como venta, permuta, expropiación, sentencias de remate, además, el retiro de bienes, son consumo propio del contribuyente fuera de sus actividades comerciales.
Prestación de servicios: Los servicios o ingresos proporcionados por una persona a otra se consideran el tercer tipo de ingresos a efectos del impuesto sobre la renta.
Contrato de construcción: Contratos de construcción ejecutados en territorio nacional, independientemente de su denominación, el objeto de ejecución, el lugar donde se celebró el contrato o la recepción de ingresos.
Primera venta de inmuebles: La primera transacción inmobiliaria realizada por un constructor en su territorio nacional está sujeta a tributación.